Cuestionan que la normativa internacional que se debate sea suficiente para evitar la extinción de la anguila europea
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) es un tratado multilateral para la protección de especies amenazadas que son objeto de comercio internacional. En la vigésima convención de las partes de CITES, que se celebrará en Samarcanda (Uzbekistán) desde el próximo 24 de noviembre, se discutirá elevar el grado de protección de las anguilas migradoras del género Anguilla, entre las que se encuentra la anguila europea, Anguilla anguilla. Sin embargo, un artículo de Miguel Clavero, investigador de la Estación Biológica de Doñana-CSIC, aceptado para su próxima publicación en la revista Aquatic Conservation: Marine and Freshwater Ecosystems, sostiene que el incremento de protección propuesto es insuficiente para revertir la vía hacia la extinción de varias especies de anguila.
CITES establece limitaciones al comercio internacional de especies en función de su grado de amenaza y del papel que le comercio tiene en él, clasificándolas en diferentes apéndices. El Apéndice I debe incluir “todas las especies amenazadas de extinción que están, o pueden estar, afectadas por el comercio”, mientras el Apéndice II agrupa especies que, si bien no están necesariamente amenazadas, podrían llegar a estarlo si su comercio no se regula de forma estricta. Este último apéndice contempla también la posibilidad de incluir especies que no están amenazadas, pero pueden confundirse en el formato en el que se comercialicen con especies de los apéndices I o II. El comercio internacional de las especies del Apéndice I queda en la práctica prohibido (solo se autorizaría “en circunstancias excepcionales”), mientras con las especies del Apéndice II podría hacerse un comercio internacional cuando una evaluación formal acredite que éste “no será perjudicial para su supervivencia”.
La anguila europea, en peligro crítico de extinción
Las anguilas del género Anguilla son un conjunto de 17 especies de peces de cuerpo alargado, en forma de serpiente, todas ellas muy parecidas entre sí. Además de la apariencia, comparten el tener lugares de reproducción en el mar, desde donde migran a ríos y humedales para crecer, y a los que vuelven al alcanzar la madurez, para reproducirse y morir. Cada especie de anguila se reproduce en una zona concreta, conocida con precisión en muy pocos casos. Por ejemplo, las anguilas europeas (Anguilla anguilla) nacen en un lugar aún desconocido en el área que llamamos Mar de los Sargazos, salida y destino de dos épicas migraciones de miles de kilómetros, las mayores entre todas las especies de anguila.
La mayor parte de las especies de anguila, sino todas, tienen un mal estado de conservación, con declives poblacionales en los que la explotación comercial, sin ser la única causa, tiene un papel fundamental. Las especies más intensamente explotadas, las anguilas europea, japonesa (A. japonica) y americana (A. rostrata) se encuentran especialmente amenazadas. El caso más extremo es el de la anguila europea, que se considera En Peligro Crítico de Extinción (la máxima categoría de amenaza) desde 2008, pero la situación no es mucho mejor para las especies japonesa y americana, ya que ambas se consideran En Peligro de Extinción. En esta misma categoría se encuentra la anguila de aleta larga de Nueva Zelanda (A. dieffenbachii), mientras otras especies del Océano Índico (como A. luzonensis y A. borneensis) se consideran vulnerables.
Actualmente únicamente la anguila europea está amparada por CITES, que la incluye en su Apéndice II. En la próxima convención de las partes se discutirá la propuesta de la Unión Europea y Honduras para incluir a todas las especies del género Anguilla en ese mismo apéndice. “Aunque, de aprobarse, ese cambio supondría una mejora con respecto a la pobre protección que actualmente ofrece CITES, la modificación es claramente insuficiente”, explica Miguel Clavero. Para el investigador, las especies más amenazadas del género deberían estar incluidas en el Apéndice I. “Al menos cuatro especies del género cumplen sin lugar a dudas los criterios para ello”, sostiene.
Presión del sector y falta de medidas estrictas
Hace unos meses, la Comisión Europea tanteó proponer la inclusión de la anguila europea en el Apéndice I, pero acabó planteando la propuesta actualmente en discusión ante la presión del sector económico que explota la anguila. “El principal argumento del lobby de la anguila para oponerse a que la anguila europea entre en el Apéndice I es que haría imposible su explotación comercial”, relata Clavero. “Pero el caso es que el cese de esa explotación, aunque sea temporal, debe ser un objetivo prioritario para la conservación de la anguila, no se entiende que se presente como un problema”, remata.
El artículo recién publicado propone que la protección estricta de las especies más amenazadas de anguilas debería complementarse con la inclusión de las restantes especies en el Apéndice II, ya sea por tener un estado de conservación desfavorable o por la posibilidad de confundirlas con otras anguilas más amenazadas al comercializarse. Todas las especies de anguilas sirven entre sí de sustitutos en el mercado, tanto al natural como en formas procesadas. “Esa flexibilidad en la explotación de diferentes especies justifica la propuesta de incluir el género completo en los apéndices”, sostiene Clavero, “pero para las especies más amenazadas, en las que no es posible una explotación que no sea perjudicial, el Apéndice II es insuficiente”.
Una moratoria comercial, última oportunidad para las anguilas
La protección de las anguilas es una tarea compleja, dificultada por diversos factores. Por un lado, como especies migradoras que son, utilizan un gran número de hábitats, y necesitan que todos ellos estén en un estado ecológico aceptable. Por otro, las amenazas que se ciernen sobre las distintas especies de anguilas son diversas, incluyendo, además de la sobrepesca, la pérdida de hábitats por el efecto barrera de presas, la aparición de parásitos y otras especies invasoras, la contaminación y/o desaparición de sistemas acuáticos o el cambio climático. Para complicar más el escenario, la mayoría de las especies de anguilas tienen amplias áreas de distribución que abarcan múltiples países, cada uno con sus marcos legales y sus prioridades de conservación.
“La imprescindible coordinación internacional para que la protección de las anguilas sea efectiva tiene pocas opciones de cristalizar, y CITES es la mejor de ellas”, propone Clavero. Para el investigador, intervenir el comercio legal internacional de anguilas, cesando la explotación de las especies más amenazadas, dificultaría el comercio ilegal y lanzaría un mensaje claro a las sociedades que a día de hoy siguen consumiendo anguila, fomentando medidas de protección a nivel estatal o regional. “Para evitar la extinción de la anguila europea, y probablemente de otras especies del género, es imprescindible una moratoria en su explotación comercial. Esperemos que en un futuro próximo CITES sirva para ese fin”, remata el investigador.
REFERENCIA
Clavero, M. (2025) CITES Appendix II is not enough for Anguilla eels: threatened species should be in Appendix I. Aquatic Conservation: Marine and Freshwater Ecosystems. https://doi.org/10.1002/aqc.70271